Sirvió a los Reyes Católicos y al
emperador Carlos V en las guerras de Italia y Francia. Destacó por su valor,
sobre todo, en las batallas de Bicencio, Bicoca y Gatinara.
Lucho en la batalla de Pavía como capitán de caballería del Tercio Andrade. En esta batalla, el 24 de febrero de 1525, fue una de las tres personas que intervino en la captura del Rey Francisco I de Francia, recibiendo del emperador, por esta acción, escudo de armas y una pensión vitaliicia.
Lucho en la batalla de Pavía como capitán de caballería del Tercio Andrade. En esta batalla, el 24 de febrero de 1525, fue una de las tres personas que intervino en la captura del Rey Francisco I de Francia, recibiendo del emperador, por esta acción, escudo de armas y una pensión vitaliicia.
Alonso
Pita da Veiga nació en El Ferrol (La Coruña) en 1480), hijo segundo del regidor
perpetuo de la villa, Pedro Morado Pita, y de María Fernández da Veiga, del
linaje de los Pardo de Lago de Moeche. Su hermano Juan heredó de su padre.
Como
caballero, ligó su suerte a la casa condal de los Andrade de Puentedeume. Con
Fernando de Andrade (conde de Villalba) formó parte del Tercio (5.000 hombres),
que el señorío aportó para las campañas imperiales de Italia. En recompensa,
según el historiador Llorca Freire, Alonso sería señor de Vilacornelle.
*En la batalla de Pavía Alonso rescató el Estandarte Real del
Infante Don Fernando, Rey de Hungría, en poder de los franceses que se habían
apoderado de él, tras abatir al Alférez Real enemigo que lo llevaba, razón por la que figurará en su nuevo escudo.
Pasó a la historia por haber sido uno de los tres que tomaron prisionero al rey Francisco I de Francia durante la batalla de Pavía, en Italia. En esta acción de armas, los tercios españoles al servicio del emperador Carlos V derrotaron a las fuerzas francesas mucho más numerosas. El caballero Alonso Pita da Veiga, formaba parte del Tercio de Andrade y tuvo un papel destacado en la batalla, ya que precipitó su desenlace, así como el final de la campaña, al capturar al monarca francés. En la noche del 24 de febrero de 1525, bajo una intensa nevada, 500 hombres de las huestes imperiales tomaron el campamento enemigo, que dormía, y causaron miles de bajas.
Batalla de Pavía (Italia) |
La defensa de Pavía realizada por el capitán Antonio de
Leiva le valió el gobierno del Milanesado y el título de Príncipe de Ascoli.
En el tercio que capturó al rey francés iba el gallego Alonso Pita da Veiga que, junto con el vasco Juan de Urbieta y el andaluz Diego Dávila, fueron quienes realmente lo apresaron. Rodeados por tropas imperiales, el rey de Francia y su escolta, que combatía a pie, intentaron abrirse paso rompiendo el cerco. De pronto, Francisco I cayó del caballo y al erguirse, se encontró con tres soldados españoles que lo hacían preso. No sabían a quién acababan de apresar, pero por las vestimentas supusieron que se trataría de un gran señor. Pita da Veiga le quitó "la manopla izquierda de su arnés y una banda de brocado que traía sobre las armas, con cuatro cruces de tela de plata y un crucifijo de la Veracruz". Informaron a sus superiores. Aquel preso resultó ser el rey de Francia.
De regreso a Galicia, contrajo matrimonio con María García de Villouzás, natural de Pontedeume, hija de Juan Piñeiro e Narahio Oanes, Señor de la Torre de Franza “El Crespo” (hermano del Comendador de Porto Marín y Trebejo, del mismo nombre, y comendador de la Orden de Malta en Galicia), y de Sancha García de Villouzás y Núñez Pardo (hija de María García y Vasco Gil de Santa Marta).
Enterado
el emperador de su heroicidad, le concedió en 1529 el privilegio de armas a
perpetuidad para él y sus descendientes. Alonso falleció en torno a 1552-1554.
Privilegio, en los términos que lo
otorgó el Emperador a los cuatro
años después de la batalla, el cual se conserva en el Archivo General de
Simancas, legajo 388, rotulado de "Mercedes y Privilegios": En dicho privilegio no precisa conceder
hidalguía, porque los Pita da Veiga ya eran hijosdalgos de sangre, y las nuevas
armas no venían sino a sustituir o agregarse a las primeras.
"Don Carlos por la
divina clemencia siempre augusto, Rey de Alemania; doña Juana su madre, y el
mismo Don Carlos por la gracia de Dios, Reyes de Castilla, etc. Acatando los
buenos y leales servicios que Vos, Alonso Pita da Veiga, gallego, nuestro
vasallo, nos habeis hecho en todas las guerras que se han ofrecido, ansi en
España como en Italia, donde os habeis hallado, especialmente en la batalla de
Bicencio, que D. Ramón de Cardona vizrey y capitán general que fue del Católico
Rey nuestro abuelo y Señor, que haya santa gloria, en el Nuestro reino de
Nápoles dio contra Bartolo de Albiano, capitán general de venecianos, donde os
hallastes y señalastes muy bien, y lo mismo en la batalla que Próspero Colonna,
que fue Nuestro capitán general de Italia, hubo en la Vicoca, con Mr. de Escur,
capitán general del Rey de Francia y de su ejército; y ansí mismo en la que D.
Carlos, duque de Borbón, Nuestro capitán general que fue de Italia, y D. Carlos
de Lanoy, Nuestro vizrey de Nápoles y D Francisco Hernando Dávalos de Aquicio,
Marqués de Pescara, Nuestro capitán general de infantería, dieron en Gatinara
al ejército de franceses, de que era capitán general el Almirante de Francia,
donde os hallastes y señalastes, como hombre de buen ánimo y esfuerzo, de todo
lo cual soy informado y certificado por cartas de los dichos Nuestros capitanes
generales de Italia, y de otras personas que de allá han venido: y demás dello
nos consta
Y es claro y notorio que en
la batalla sobre Pavía, que los dichos Duque de Borbón y D. Carlos de Lanoy y
Marqués de Pescara, hubieron con el Rey de Francia, donde le desbarataron y
prendieron, vos, continuando vuestra lealtad y esfuerzo, y el deseo que teneis
de Nos servir, peleastes como valiente hombre, y cobrastes de poder de
franceses el estandarte del Serenísimo Infante D. Fernando, que agora es Rey de
Ungría, Nuestro muy caro y muy amado hijo y hermano, en el cual iba la insignia
del Nuestro ducado de Borgoña, y lo tomaron los dichos franceses, habiendo
muerto al alférez que lo traía, en prueba de la cual hazaña, os ficimos merced
de seiscientos ducados de oro; y en la misma batalla ficistes tanto que
allegastes a la misma persona de dicho Rey, y fuistes en prenderle, juntamente
con las otras personas que le prendieron, y vos le quitastes la manopla
izquierda de su arnés y una banda de brocado que traía sobre las armas, con
cuatro cruces de tela de plata y un crucifijo de la Veracruz, de lo cual el
mismo Rey de Francia hizo fe y testimonio por una cédula firmada de su propia
mano, y Nos vos hicimos merced por ello de treinta mil maravedies cada año para
toda vuestra vida, allende de vuestro salario ordinario de hombre de armas; en
memoria de lo cual
Y porque los Emperadores, y Reyes, y Príncipes, acostumbre honrar y hacer mercedes a los que bien les sirven, para que en sus linajes y sucesión quede de ellos perpétua memoria, y otros a ejemplo dellos se esfuercen y animen a bien servir.
Y porque los Emperadores, y Reyes, y Príncipes, acostumbre honrar y hacer mercedes a los que bien les sirven, para que en sus linajes y sucesión quede de ellos perpétua memoria, y otros a ejemplo dellos se esfuercen y animen a bien servir.
"Por la presente de
Nuestro propio motu y ciencia cierta y poderío Real absoluto, de que en esta
parte queremos usar y usamos como Reyes y Señores naturales, es Nuestra merced
y voluntad de os hacer merced, y conceder y dar por armas un escudo cuarteado,
el campo del cuarto de encima colorado de color sangre, y en él una manopla en
señal de la que tomastes al dicho Rey de Francia, y una corona real de oro un
poco más arriba de la dicha manopla; y del cuarto de abajo el campo azul con tres
flores de lises de oro, que son las verdaderas armas de los Reyes de Francia; y
el cuarto derecho tenga el campo colorado como el cuarto de arriba, y en él la
banda subdicha con sus cruces; y el campo del cuarto siniestro asimismo
colorado, y en él el dicho estandarte del Serenísimo Rey de Ungría con las
armas de Nuestro ducado de Borgoña, y timbrado dicho escudo según y como y de
la manera que va puesto y pintado aquí.
"Las cuales dichas armas vos damos
y concedemos para Vos, y para vuestros hijos y descendientes nacidos y por
nacer, y sus descendientes de ellos perpetuamente para siempre jamás, para que
las podais y puedan traer y poner por vuestras armas y suyas en vuestros
reposteros y suyos, y en las otras partes en donde las quisiereis y quisieren
traer y poner libremente; sin que por ello y por ninguna causa ni razón que sea
o ser pueda, vos sea ni pueda ser puesto embargo ni impedimento alguno a vos ni
a los dichos vuestros hijos descendientes, , y a los suyos perpetuamente para
siempre jamás; y por esta Nuestra carta o por su traslado signado de escribano
público, mandámos al Ilustrísimo Príncipe D. Felipe, Nuestro muy caro y amado
hijo y nieto,a los Infantes, perlados, duques, marqueses, condes, ricoshomes,
maestre de la órdenes, priores, comendadores, subcomendadores, alcaides de los
castillos, y casas fuertes y llanas, y a los del Nuestro consejo, presidente,
oidores de las nuestras audiencias, alcaldes, alguaciles de la nuestra casa y
corte y chancillerías, y a todos los consejos, y a sus tenientes, gobernadores,
merinos prebostes, y otras cualquier nuestras justícias y jueces destos reinos
y señoríos, y a cada uno y cualquier dellos en sus lugares e jurisdicciones,
que vos dejen y consientan a vos, y a los dichos vuestros hijos nacidos y por nascer,
y a sus descendientes para siempre jamás, traer y tener y poner por vuestras
armas las subsodichas, según como dicho es; y que en ello ni en parte dello
embargo ni contrario alguno vos no pongan ni consientan poner; y vos guarden y
cumplan esta dicha Nuestra carta y la merced en ella contenida; y contra ella
ni contra cosa alguna ni parte de ella no vallan ni pasen, ni consientan ir ni
pasar en tiempo alguno ni por alguna manera, sopena de la Nuestra merced y de
diez mil maravedíes para Nuestra cámaraa cada uno que lo contrario hiciere; e
demás mandamos al home que les esta Nuestra carta mostrare, que les emplace que
parezcan ante Nos en la Nuestra corte del día para que los emplazaren fasta
quince días primeros siguientes, so la dicha pena; so la que mandamos a
cualquier escribano público, que para esto fuere llamado, que dé ende al que se
la mostrare testimonio signado, con su signo, porque Nos sepamos como Nuestro
mandado se cumple.
Dado en Barcelona a 24 de
Julio, año del nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo de 1529 años-Yo el Rey-Yo
Pedro de Casasola, secretario de sus Cesáreas y Católicas Majestades, la fice
escribir por su mandato-Idiaquez."
No hay comentarios :
Publicar un comentario